Todos los colegios miembros de la Asociación se comprometen a cumplir el siguiente Código de Ética:
Las condiciones del contrato para el personal profesional deben indicarse claramente y de acuerdo con la legislación española.
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Un colegio debe cumplir meticulosamente los compromisos y contratos contraídos con cualquier persona, colegio, organización o el público en general.
Un colegio debe evitar cuidadosamente las declaraciones engañosas o ambiguas sobre su trabajo, situación y estatus.
Un colegio debe respetar las convenciones normales en materia de confidencialidad.
Un colegio debe evitar dar información engañosa sobre los colegios miembros y evitar emitir juicios de valor sobre ellos.
Se debe respetar el derecho de un profesor a visitar y considerar la posibilidad de trabajar en otro colegio NABSS, sin necesidad de notificarlo a su empleador actual.
Se debe respetar el derecho de un colegio a considerar la posibilidad de contratar a un profesor empleado en otro colegio NABSS, sin necesidad de notificarlo al colegio actual del candidato.
Un colegio no podrá ofrecer empleo a un profesor de otro colegio NABSS durante el curso académico, a menos que esto sea aceptable para el colegio actual del profesor. Para poder contratar a un profesor de otro colegio NABSS para septiembre, el colegio contratante debe asegurarse de que el profesor en cuestión notifique a su colegio actual a más tardar el 31 de mayo.
Una vez que se haya confirmado la disponibilidad de empleo de un profesor en un colegio NABSS, el colegio interesado deberá solicitar una referencia, que deberá ser proporcionada por el lugar de empleo actual del candidato.
Un colegio no debe intentar influir en una persona para que incumpla un contrato ya firmado con otro colegio, ni debe iniciar a sabiendas intentos de contratar a un profesor actualmente empleado en otro lugar.
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Se reconoce el derecho de un alumno y de sus padres a visitar y considerar colegios, distintos de aquel al que asiste actualmente el alumno. También se reconoce el derecho de los colegios a mantener conversaciones preliminares con los padres de los posibles alumnos de otros colegios NABSS, sin necesidad de notificar a dichos colegios. Sin embargo, un colegio no debe iniciar intentos de matricular a alumnos actualmente matriculados en otro lugar.
Los colegios no deben desacreditar a otros centros NABSS ni participar en ninguna actividad que pueda causar una competencia desleal entre ellos.
La consideración más importante de un colegio al matricular a un nuevo alumno debe ser su bienestar.
Aviso por escrito.
En caso de incumplimiento grave o reiterado del Código de Ética, se retirará al colegio el derecho a asistir a la AGM y a votar durante un período determinado por el Comité Ejecutivo.
En caso de incumplimientos extremos o reiterados, como se indica en el artículo 16 de los Estatutos, el caso se discutirá en una asamblea general de la Asociación y se podrá retirar la condición de miembro del colegio.
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Cualquier incumplimiento denunciado del Código de Ética se remitirá al Comité Ejecutivo. El Comité investigará el incidente, dando a cada colegio la oportunidad de presentar su caso y aportar pruebas que lo respalden.
Si se confirma un incumplimiento del Código, el Comité decidirá qué sanciones aplicar, según la gravedad del caso. Ambos colegios serán informados del resultado de la investigación.
Todos los casos probados de incumplimiento del Código de Ética de NABSS se comunicarán, por escrito, a todos los colegios miembros. El informe especificará el nombre del colegio infractor, los detalles de cómo ha incumplido el Código de Ética y la sanción aplicada.