Código ético

Todos los colegios miembros de la Asociación se comprometen a cumplir el siguiente Código de Ética:

Integridad del colegio

  1. Un colegio debe cumplir meticulosamente los compromisos y contratos contraídos con cualquier persona, colegio, organización o el público en general.
  2. Un colegio debe evitar cuidadosamente las declaraciones engañosas o ambiguas sobre su trabajo, situación y estatus.
  3. Un colegio debe respetar las convenciones normales en materia de confidencialidad.
  4. Un colegio debe evitar dar información engañosa sobre los colegios miembros y evitar emitir juicios de valor sobre ellos.

A

B

Prácticas de contratación

  1. Se debe respetar el derecho de un profesor a visitar y considerar la posibilidad de trabajar en otro colegio NABSS, sin necesidad de notificarlo a su empleador actual.
  2. Se debe respetar el derecho de un colegio a considerar la posibilidad de contratar a un profesor empleado en otro colegio NABSS, sin necesidad de notificarlo al colegio actual del candidato.
  3. Un colegio no podrá ofrecer empleo a un profesor de otro colegio NABSS durante el curso académico, a menos que esto sea aceptable para el colegio actual del profesor. Para contratar a un profesor de otro colegio NABSS para septiembre, el colegio contratante debe asegurarse de que el profesor en cuestión notifique a su colegio actual a más tardar el 31 de mayo.
  4. Una vez que se haya confirmado la disponibilidad de empleo de un profesor en un colegio NABSS, el colegio interesado deberá solicitar una referencia, que deberá ser proporcionada por el lugar de empleo actual del candidato.
  5. Un colegio no debe intentar influir en una persona para que incumpla un contrato ya firmado con otro colegio, ni debe iniciar a sabiendas intentos de contratar a un profesor actualmente empleado en otro lugar.

Prácticas de empleo

  1. Las condiciones del contrato para el personal profesional deben indicarse claramente y de acuerdo con la legislación española.
  2. NABSS es miembro de la Coalición Británica de Protección de las Escuelas Internacionales (BISSC) y, por lo tanto, los colegios miembros de NABSS se comprometen a adherirse a las expectativas establecidas en la última versión del «Código de Conducta de Contratación Segura de BISSC».

C

D

Traslado y matriculación de alumnos

  1. Las condiciones del contrato para el personal profesional deben indicarse claramente y de acuerdo con la legislación española.
  2. NABSS es miembro de la Coalición Británica de Protección de las Escuelas Internacionales (BISSC) y, por lo tanto, los colegios miembros de NABSS se comprometen a adherirse a las expectativas establecidas en la última versión del «Código de Conducta de Contratación Segura de BISSC».

Procedimiento en caso de incumplimiento del Código de Ética de NABSS

  1. Cualquier incumplimiento del Código Ético que se denuncie se remitirá al Comité Ejecutivo. El Comité investigará el incidente, dando a cada colegio la oportunidad de presentar su caso y aportar pruebas que lo respalden.
  2. Si se confirma una infracción del Código, el Comité decidirá qué sanciones aplicar, según la gravedad del caso. Ambos colegios serán informados del resultado de la investigación.
  3. Todos los casos probados de incumplimiento del Código Ético de NABSS se comunicarán, por escrito, a todos los colegios miembros. El informe especificará el nombre del colegio infractor, los detalles de cómo ha incumplido el Código Ético y la sanción aplicada.

E

F

Sanciones

  1. Advertencia por escrito.
  2. En caso de incumplimiento grave o reiterado del Código Ético, se retirará al colegio el derecho a asistir a la AGM y a votar durante un período determinado por el Comité Ejecutivo.
  3. En caso de incumplimientos extremos o reiterados, como se menciona en el Artículo 16 de los Estatutos, el caso se discutirá en una asamblea general de la Asociación, y se podrá retirar la membresía del colegio.